CONSIDERANDO: Que el distrito municipal de Jaquimeyes, perteneciente al municipio de El Peñón, de la provincia de Barahona, con una población aproximada de 15,000 habitantes, ha alcanzado un notable desarrollo en todos los órdenes, tanto en lo económico, social, cultural, religioso y agropecuario;
CONSIDERANDO: Que el distrito municipal de Jaquimeyes, con unas 20,000 tareas cultivables y una producción que sobrepasa las 80,000 unidades de plátanos, 25,000 racimos de guineo y 40,000 unidades de coco anualmente y produce además, yuca, habichuela, maíz, ajíes, berenjena, auyama y cilantro, entre otros;
CONSIDERANDO: Que la sección de Palo Alto, perteneciente al distrito municipal de Jaquimeyes, posee una población que sobrepasa los 7,000 habitantes, experimentando un alto desarrollo en todos los órdenes, revistiendo además, por su ubicación una extraordinaria importancia, en virtud de que por dicha comunidad pasan cientos de vehículos rumbo al sur profundo y a la ciudad capital, al igual que a municipios cercanos;
CONSIDERANDO: Que dado el auge logrado por la sección Palo Alto y el distrito municipal de Jaquimeyes, son muchos los proyectos y programas que hacen factible que estas comunidades se desarrollen, manifestándose con una elevación de categoría dentro de la división territorial de la provincia de Barahona. .../
VISTA: La ley 5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana y sus modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Art. 1.- El distrito municipal de Jaquimeyes del municipio de El Peñón, provincia Barahona, queda elevado a la categoría de municipio, con el nombre de municipio de Jaquimeyes. Su cabecera será el pueblo de Jaquimeyes.
Art. 2.- Los límites del municipio de Jaquimeyes son los siguientes:
Al Norte: Municipio Vicente Noble; Al Sur : Mar Caribe; Al Este : Sierra de Martín García; Al Oeste: Municipio El Peñón.
Art.3.- La sección Palo Alto, queda elevada a la categoría de distrito municipal, con el nombre de distrito municipal Palo Alto, su cabecera será el pueblo de Palo Alto.
Art. 4.- Los límites territoriales del distrito municipal Palo Alto son:
Al Norte: Con los límites del pueblo de Jaquimeyes; Al Sur : Distrito municipal de Fundación; Al Este : Municipio de Barahona; Al Oeste: Río Yaque del Sur.
Art. 5.- El paraje Las Palmas, del distrito municipal Palo Alto queda erigido en sección.
Art. 6.- El distrito municipal Palo Alto estará integrado por la sección Las Palmas y los parajes Los Tres Puentes, La Arbiña y La Arbiñita.
Art.7.-El municipio de Jaquimeyes estará integrado por el distrito municipal de Palo Alto con sus secciones y parajes, así como por los parajes:
Campo de Caña del CEA, El Salado de los Cucuses, La Bomba, La Cortadera, Busú, El Limón, Puerto Alejandro, La Hierba de Guinea y El Babor.
Art. 8.- La Secretaría de Estado de Interior y Policía, La Liga Municipal Dominicana y la Procuraduría General de la República tomarán todas las medidas administrativas necesarias para la ejecución de la presente ley.
Art. 9.- La presente ley modifica, en cuanto fuere necesario, la ley 5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana y sus modificaciones, así como cualquier ley que le sea contraria.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil cuatro (2004); años 161° de la Independencia y 141° de la Restauración. (Fdos.): Jesús Ant. Vásquez Martínez, Presidente; Sucre Ant. Muñoz, Secretario, Melania Salvador de Jiménez, Secretaria.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil cuatro (2004); años 161° de la Independencia y 141° de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria,
Presidente.
Presidente.
Nemencia de la Cruz Abad, Ilana Neumann Hernández,
Secretaria. Secretaria.
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