Y Entonces, Aquien le Creo?
BARAHONA.- Los partidos de la Unidad Democrática (UDC) y Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) se disputan los votos del colegio electoral número 0090 del distrito municipal de Palo Alto, manteniendo en un "limbo jurídico electoral" los resultados de las elecciones municipales en esa demarcación, por lo que aún se de define quien ha sido electo director de la Junta Municipal de dicha localidad.
Este martes, el PQDC apoderó a la Cámara Contenciosa de la Junta Municipal Electoral de un recurso de apelación a una irregularidad observada en el acta de resolución número 005-2010 del día 17 de este mes, en la que la Junta Electoral del municipio de Jaquimeyes, municipio al que pertenece el distrito municipal de Palo Alto, habría variado la voluntad expresada en las urnas por los votantes del colegio electoral número 0090.
Según consta en el acta número 10785, la cual fue escaneada la noche del 16 de mayo y recogida en el Centro de Cómputos de la Junta Central Electoral, en el colegio electoral 0090 de Palo Alto, el Partido de la Liberación Dominicana obtuvo 76 votos, el Partido Revolucionario Dominicano alcanzó 105 sufragios, la Alianza por la Democracia dos, el Bloque Institucional Socialdemócrata tres votos, la Fuerza Nacional Progresista uno, el PQDC 89, la UDC 5, el MODA dos, el PTD uno y el PDP uno; por lo que da ganador al PLD y sus aliados en el distrito municipal de Palo Alto, resultando electo Geremías Florián Escanio como director de la Junta Municipal de esta localidad, tal como se venía reflejando hasta el boletín número 13 emitido por la Junta Central Electoral.
Sin embargo, en los boletines 14 y 15 emitidos por el máximo tribunal de elecciones, se establece que se realizó una "corrección" al acta que había sido escaneada, que los 89 votos que se consignan al PQDC supuestamente pertenecen a la UDC, organización que presentó candidaturas independientes en Jaquimeyes y Palo Alto, por lo que ahora resulta que a quien se da como director electo de la Junta Municipal Electoral de Palo Alto es al candidato del PRD Juan José Gerardo García, lo que ha sido apelado por el PQDC ante la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral.
El recurso de apelación fue interpuesto a través del secretario de la Junta Electoral del municipio de Jaquimeyes, licenciado Alejandro Nin Castillo y la misma está firmada por el doctor Joaquín Féliz, presidente provincial del PQDC y el profesor Idelfonso Batista, delegado político del PLD ante la Junta Electoral del municipio de Jaquimeyes.
En este recurso se establece que la sesión que recoge la resolución 005-2010 carece de legalidad, pues señala la participación del delegado del PLD, profesor Idelfonso Batista, sin éste estar presente, además de que se le falsifica su rúbrica para hacerlo ver como firmante de la supuesta resolución de corrección.
Otro delegado ausente al que se le falsifica su firma es a Librado Figuereo Matos, de Dominicanos por el Cambio; mientras que, según se observa en dicha acta, alguien se toma el derecho de firmar de orden en lugar del delegado político y candidato a síndico de Jaquimeyes por la UDC, ingeniero Martín Matos.
"Es por todo lo expuesto, y por otros elementos que podemos presentar ante ese tribunal, que pedimos declarar regular y válido el presente recurso de apelación interpuesto contra el acta 005-2010 que corrige el acta del colegio 0090 del distrito municipal de Palo Alto, porque supuestamente había dos originales, una elaborada de manera correcta y otra incorrecta, cosa esta falsa, pues el acta número 10785, que consigna los 89 votos del PQDC esta sellada y rubricada correctamente", dice la instancia depositada por el doctor Joaquín Féliz y el profesor Idelfonso Batista ante la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral.
"Por lo tanto declaréis legal y válida el acta de relación de votación del colegio 0090, número 10785, como la legítima y haréis justicia. En cuanto a la resolución emitida en fecha 17 de mayo de 2010 se declare inoponible a los interesados recorrentes PQDC y PLD y por tal razón que quede sin efecto y sin ningún valor jurídico la misma y por tales fines no pueda incidir en la variación de los resultados finales de la votación en contra de las instituciones políticas señaladas", concluye la apelación.
FUENTE DE LA INFORMACION: ECOS DEL SUR
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